Hoxe recibíuse unha excelente, sobresaínte e abraiante nova, consiste en que no ecosistema do río Támega aínda subsiste nada menos que unha especie de invertebrado en serio perigo de extinción, o cada día máis raro e escaso Cangrexo de río autóctono, Austropotamobius pallipes.
Temos de darlle todos os nosos parabéns a Xosé Luís Lozano Rúa, Home da Pedra ou Nipis, a vontade, por partillar connosco esta importantísima observación.
"Que isto sirva para conseguir unha protección real dos nosos ecosistemas".
Sinálase que xa se tiñan referencias antigas da presenza desta especie no entorno do río Támega mais non se localizara ningún exemplar vivo ata este momento, en maior medida pola masiva invasión do Cangrexo vermello americano, Procambarus clarkii, co cal entra en forte competencia e ao que despraza ata a súa completa extinción.
Muito obrigado.
Imaxes de Xosé Luís Lozano Rúa |
* A cita foi publicada na páxina web de Biodiversidade Amezada Galiza-Norte de Portugal:
http://www.biodiversidade.eu/avistamento/austropotamobius-pallipes-lereboullet-1858-/
* Para ampliar información recoméndase consultar o enlace do Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente do Gobierno de España:
http://www.magrama.gob.es/es/biodiversidad/temas/espacios-protegidos/austropotamobius_pallipes_tcm7-272501.PDF
* Onde entre outras cuestións escrébense as seguintes recomendacións para a conservación desta especie:
7. RECOMENDACIONES PARA LA
CONSERVACIÓN
▪ Recomendaciones administrativas:
- Aprobar la Estrategia Nacional para la conservacion de la especie.
- Elaborar y aplicar los Planes de Recuperacion o de Conservacion pendientes.
- Catalogar como especies de caracter invasor a Procambarus clarkii y Pacifastacus leniusculus y adoptar medidas
adicionales encaminadas a evitar su dispersion dentro de las areas criticas y sensibles: prohibir su
comercializacion en vivo a nivel estatal (con estudio previo de alternativas en el caso del cangrejo rojo)
y posteriormente prohibir el transporte en vivo de los cangrejos capturados mediante la pesca en todo el
territorio.
- Mejorar la coordinacion e implicacion entre todas las Administraciones con competencias en la materia.
- Desarrollar las labores de difusion necesarias para impulsar la informacion relativa a la especie y las actividades
de educacion ambiental, con el fin de aumentar la sensibilidad del conjunto de la sociedad, y de
diversos colectivos en particular (locales, pescadores, etc.), hacia la situacion de la especie.
- Fomentar la participacion publica y facilitar el acceso del voluntariado.
- Abrir nuevas vias de actuacion que permitan obtener financiacion y recursos alternativos, incluyendo los
provenientes de la iniciativa privada.
- Fomentar el intercambio de experiencias y conocimientos con las administraciones ambientales, cientificos
y tecnicos del resto de la Union Europea implicados en el desarrollo de planes de recuperacion de la especie
o especies afines.
▪ Recomendaciones técnicas de mantenimiento de población y hábitat de la especie:
- Identificacion y seguimiento continuo y actualizado de las poblaciones de cangrejo autoctono en toda su
area de distribucion, estableciendo un programa coordinado y una metodologia comun de inventario,
validados entre los distintos grupos de trabajo, mejorando especificamente el estudio de las causas de
desaparicion de poblaciones.
- Evitar la perdida o deterioro del habitat fisico del cangrejo y contribuir a controlar y mejorar la calidad
biologica y fisicoquimica de las aguas, tanto dentro del area de distribucion actual como de la potencial,
procediendo a su restauracion y mejora cuando sea posible.
- Habilitar un Centro Nacional de Referencia para la identificacion de enfermedades de cangrejos e implantar
protocolos concretos de vigilancia sanitaria y actuacion tras la deteccion de mortandades.
- Definir las lineas basicas de un programa integral de cria en cautividad, reforzamiento y reintroduccion
a partir de poblaciones naturales, que permitan aumentar progresivamente las poblaciones de cangrejo
autoctono dentro del area potencialmente recuperable teniendo especial prioridad, en cualquier caso, el
mantenimiento de una adecuada diversidad y representatividad genetica. Favorecer, dentro de estos condicionantes,
los mecanismos para la cesion de ejemplares entre las diferentes CCAA.
- Desarrollar un protocolo de conservacion, manejo y recuperacion del habitat de la especie, y trasladar sus
contenidos a los programas de planificacion hidrologica y gestion forestal.
- Controlar y erradicar puntualmente poblaciones de cangrejos exoticos. Evaluar las tecnicas aplicables y
desarrollar herramientas para priorizar actuaciones.
- Prohibir a nivel estatal la comercializacion en vivo de especies exoticas de cangrejo, realizando, en el caso del
cangrejo rojo, un estudio previo de alternativas a su comercializacion en vivo. Tras implantar esta medida,
adopcion por las diferentes CCAA de la prohibicion del transporte en vivo de los cangrejos capturados
mediante la pesca.
- Limitar la propagacion de cangrejos introducidos dentro del area potencialmente recuperable por el cangrejo
autoctono, actuando sobre los mecanismos que favorecen su dispersion, especialmente en relacion
con el transporte y tenencia de cangrejos vivos, y la gestion de la pesca y las expectativas futuras de pesca
de especies exoticas, que puedan estar relacionadas con una mayor velocidad de dispersion. Revisar las
normativas de pesca continental de cangrejos exoticos: prohibir su empleo como cebos vivos y estudio de
los sistemas y medidas de gestion de la pesca que no favorezcan su dispersion.
- Aumentar la vigilancia sobre el furtivismo y venta ilegal, especialmente en epoca estival.
- Prohibir el establecimiento de nuevas astacifactorias de especies exoticas que puedan ser trasmisoras de
patogenos o parasitos que afecten a las poblaciones nativas, o que las puedan desplazar en caso de escape,
asi como revisar, si las hubiere, las correspondientes autorizaciones.
- Informar dentro del sector de acuariofilia sobre la normativa y riesgos de la comercializacion en vivo de
cangrejos.
FICA ESTA INFORMACIÓN A DISPOSICIÓN DAS AUTORIDADES COMPETENTES EN MATERIA DE MEDIO AMBIENTE PARA QUE SE ATENDAN OS REQUERIMENTOS DE SUPERVIVENCIA DA ESPECIE.
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